Trámites que debo hacer si me interrumpen el suministro eléctrico

Trámites que debo hacer si me interrumpen el suministro eléctrico

El cese del suministro eléctrico está regulado por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en él se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y autorización. procedimientos para las instalaciones de Energía eléctrica y en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula el número de consumidores vulnerables, la prima social y otras medidas para proteger a los consumidores domésticos de energía eléctrica.

Los plazos de pago de la factura de electricidad

En el caso de contratos de suministro de energía eléctrica al Precio del Pequeño Consumidor Voluntario (PVPC) y contratos de mercado libre para personas físicas en su lugar de residencia habitual con un consumo de energía igual o inferior a 10 kW, el plazo para el pago de la energía eléctrica la factura se encuentra dentro de los 20 días naturales siguientes a la Emisión por parte de la sociedad mercantil o, en su caso, en lo que se haya establecido entre las partes en los contratos de libre mercado.

Si el último día del plazo de pago es sábado o festivo, éste vence el siguiente día hábil.

Dentro del período de pago, los consumidores pueden pagar los montos de las facturas de la siguiente manera:

  • Por domiciliación bancaria
  • A través de las cuentas en cajas de ahorro o entidades de crédito que especifique la compañía eléctrica
  • En los puntos de recogida de la empresa de transporte o sus representantes
  • En áreas geográficas en las que sea difícil utilizar los sistemas de pago anteriores, el consumidor podrá cobrar el importe de la factura mediante giro postal u otro medio similar

 

Suspensión del suministro por falta de pago

¿Cómo solicitar la suspensión?

Para todos los contratos de suministro de energía eléctrica incluidos en el PVPC y para los contratos en mercado libre realizados por personas físicas en su lugar de residencia habitual con una potencia consumida inferior o igual a 10 kW, en caso de impago a cargo del Para evitar la interrupción del suministro eléctrico, se debe seguir el siguiente procedimiento. siguiente procedimiento:

Mensaje de la comercializadora informando sobre el vencimiento del plazo de pago.

Si el plazo de pago ha vencido desde la fecha de emisión de la factura por parte de la empresa comercializadora y no se ha llevado a cabo, dicha empresa enviará una carta al consumidor en un plazo máximo de 2 meses desde la emisión de la factura. (o en el momento en que se rechazó el pago si se realizó después de ese momento) para notificarle dicha circunstancia.

Esta notificación deberá efectuarse por cualquier medio que pueda acreditar su recepción por el interesado y la fecha y contenido en el domicilio señalado en el contrato de suministro eléctrico a efectos de comunicación.

Puedes ver los modelos de comunicación para PVPC, para PVPC con bono social y para mercado abierto.

Solicitud fehaciente de pago por parte de la comercializadora

Si, en el caso, la empresa continuara con el procedimiento de suspensión de la entrega por falta de pago, la empresa, previa notificación de la falta de pago, exigirá fehacientemente al consumidor el pago.

Esta solicitud deberá formularse por cualquier medio que pueda acreditar su recepción por el interesado o su representante en el domicilio señalado en el contrato de suministro de energía eléctrica a efectos de comunicación, así como su fecha y contenido.

En caso de que falle la notificación de la solicitud de pago, se enviará una segunda solicitud de pago con el mismo contenido 7 días hábiles después de la primera y se pueden utilizar canales de notificación alternativos si están disponibles.

Si la segunda solicitud tampoco prosperara, se tendrá por terminado el procedimiento, con expresión de las circunstancias de los dos intentos de notificación.

Tras comprobar los requisitos, la comercializadora remite a la Comunidad Autónoma por vía electrónica la relación de los puntos de suministro eléctrico en los que se ha solicitado el pago, indicando la fecha a partir de la cual se puede cortar el suministro eléctrico.

Puedes consultar las plantillas de requisitos para PVPC, PVPC con Bono Social y Mercado Abierto.

Otras causas de corte de energía

El distribuidor podrá interrumpir la entrega inmediatamente:

  • Cuando se haya hecho un enganche directo sin contrato previo.
  • Cuando se establezcan sucursales para suministrar energía a un sistema no previsto en el contrato.
  • Si se manipulan los dispositivos de medida o control o se impide su correcto funcionamiento.
  • Para instalaciones peligrosas.

 

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